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Sahumerios y arrebatos

Despiporre legislativo autonómico.

Se ha publicado un trabajo académico sobre el impacto de la profusión legisladora de las autonomías españolas en la productividad y la innovación, el resultado parece ser deprimente. En un año se publican, entre todas las comunidades autónomas, unas 700.000 páginas de normas, leyes, decretos, regulaciones y disposiciones de todo tipo q ue apabullan al más pintado. Ese estudio se basa en correlacionar el número de páginas publicadas en los boletines oficiales con la productividad y la innovación, yo he querido darme un paseo por esos boletines para echarles un vistazo descubriendo que es lo más chistoso que uno jamás podría encontrar y otras veces lo más anonadante.

He entresacado algunas cosas de los últimos boletines oficiales de un par de comunidades, no doy para más, y con la finalidad de que no solo sea yo el que ría o tiemble.

BOJA, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín número 144 de 23/07/2010,1 DISPOSICIONES GENERALES,PRESIDENCIA, Ley 7/2010, de 14 de julio, para la Dehesa.

Artículo 18. Medidas específicas de Investigación, Desarrollo y Formación (I+D+F).
c) Modelización de los usos de la dehesa y elaboración de un sistema de ayuda para la decisión de cultivo y para la adecuación de la carga ganadera y cinegética con criterios de sostenibilidad.
d) Prácticas culturales con bajo impacto en el suelo para el control de la erosión.
e) Valoración de las externalidades: valor paisajístico y recreativo, cosecha de agua, conservación de la biodiversidad, fijación de CO2.
f) Caracterización nutricional y comercial de los productos singulares de la dehesa.
h) Estudio de los efectos del cambio climático sobre la producción de pasto y frutos y sobre la reproducción de las principales especies ganaderas y cinegéticas.


Pienso en cuáles serán las prácticas culturales para el control de la erosión o en la pasta que pagará la Junta para que estudien los efectos del cambio climático en los ayuntamientos de las especies ganaderas y flipo. Seguro que alguien concluirá que la subida de medio grado en los próximos 20 años impactará negativamente en la reproducción de la cabra andaluza o en la coyunda de los cerdos porque medio grado impacta que no veas.

Siento estar ya jubilado y no poder dedicarme profesionalmente a valorar externalidades tales como la cosecha de agua o la fijación de CO2. Eso es una pasada y lo demás zarandajas.

El resto de la ley es muy divertida de leer, lo juro.

En el Diario oficial de la Generalidad de Cataluña aparece la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña, son solo 71 páginas con  342 artículos y otras disposiciones adicionales y 35.000 palabras. Me quedo con estas definiciones:

Artículo 111-2. Definiciones.

A los efectos de la presente Ley, se entiende por:

Personas consumidoras y usuarias: las personas físicas o jurídicas que actúan en el marco de las relaciones de consumo en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional. Tienen también esta consideración los socios cooperativistas en las relaciones de consumo con la cooperativa. Cualquier referencia que se haga en la presente Ley al concepto de persona consumidora se entiende hecha a la persona consumidora o usuaria en la medida que goza de bienes y servicios fruto de la actividad empresarial en el mercado.

Persona consumidora media: persona consumidora que, de acuerdo con un criterio de diligencia ordinaria, debería estar normalmente informada y ser razonablemente cuidadosa en las relaciones de consumo, en función de los factores sociales, culturales y lingüísticos.

Consumo responsable: consumo moderado, informado, reflexivo y consciente de bienes y servicios, teniendo en cuenta los criterios de sostenibilidad cultural, ambiental, socioeconómica y lingüística.

A mí me ha quedado clarísimo lo que es una persona consumidora media y no digo nada de lo que es un consumo responsable, debe ser moderado y sobre todo el consumidor, si quiere ser responsable, debe tener en cuenta criterios de sostenibilidad cultural, ambiental, socioeconómica y lingüística. Tengo claro que me pasaré un par de meses intentando descubrir cómo puñetas tiene en cuenta la señora Rosario esos criterios de sostenibilidad cuando va a comprar patatas o sal y sobre todo cómo debe ir uno a comprar patatas de forma reflexiva y sobre todo consciente.


Lo más temible es que una vez definido lo que es el consumo responsable, los que vulneren sus principios cometerán una falta grave sancionable con hasta 100.000 euros. Si yo fuese un tendero en Cataluña me pondría a estudiar consumo responsable, sobre todo para saber cómo se vende un kilo de macarrones sin violar los criterios de sostenibilidad cultural ni los criterios de sostenibilidad socioeconómica o lingüística. Para mí que si quieren hacerte la pascua, con normas así, te pillan de todas todas.

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